Hace más de 15 años, en diciembre de 2003
se aprobó por ley el Estatuto de las personas consumidoras y usuarias
en la Comunidad Autónoma Vasca.
Durante todo este tiempo han cambiado muchas cosas
en los hábitos de consumo de la ciudadanía.
También las leyes que había sobre este tema han ido cambiando
y esos cambios afectan a normas de la Comunidad Autónoma Vasca.
Por eso, el Gobierno Vasco quiere hacer una nueva Ley
para adaptar las normas que hay en Euskadi sobre consumo
y para dar respuesta a las nuevas situaciones
a las que se enfrentan las personas consumidoras.
La nueva Ley del Estatuto de las personas consumidoras y usuarias
tiene los siguientes objetivos:
- Organizar las relaciones y el papel que tienen en temas de consumo
las distintas Administraciones públicas,
como Ayuntamientos, Gobierno Vasco, Diputaciones… - Regular todas las cosas nuevas que han ido apareciendo:
situaciones, formas de consumir, personas o comportamientos.
Por ejemplo, contratos a distancia, persona vulnerable,
información accesible, violencia económica. - Hacer que lo más importante de la Ley sean los derechos
que tienen las personas consumidoras y usuarias.
para que estén bien formadas e informadas
sobre el consumo sostenible y responsable. - Actualizar los procedimientos que tiene la Administración
para proteger los derechos de las personas consumidoras y usuarias. - Desarrollar más la ley en temas de seguridad de las personas
e Inspección de consumo.
Y también en temas de infracciones, teniendo en cuenta
lo que dicen otras leyes. - Incluir en esta ley temas nuevos que la Unión Europea ha aprobado
estos últimos años.
Por ejemplo: si los productos que consumimos son seguros,
quién es responsable sobre los productos con defectos,
las compras por internet o pagos excesivos por determinados servicios.
El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo
es el encargado de iniciar el trabajo para hacer esa nueva ley.
Este trabajo empieza con la elaboración de un Anteproyecto de Ley.
Pero antes, tiene que haber una fase de consulta pública.
Es un tiempo que se da para consultar la opinión a la ciudadanía
sobre todo a personas u organizaciones a las que va a afectar la Ley
Queremos informar a la persona que ha tomado parte en este debate que sus propuestas han sido recogidas por el departamento y remitidas al equipo responsable del proyecto para su valoración.
Muchas gracias por su participación.
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Jakinarazi nahi diogu eztabaida honetan parte hartu duen pertsonari egindako proposamenak jaso dituztela sailak eta egitasmoaren talde arduradunari bidali zaizkiola balioetsi ditzan.
Eskerrik asko parte hartzeagatik.
Avisar oportunamente de posibles barreras en los comercios a las personas consumidoras más vulnerables, por ejemplo un escalón o ciertas precauciones manejo económico igual por la persona comerciante
promover igualmente el ticket digital obligatorio con posible copia con protección en la nube cuando se trata de ahorrar en papel y protección ambiental. Dispositivos seguridad preceptivos para dar cumplimiento de la ley de prevención de delitos sirvan incluso de prueba frente a malas prácticas. Figura legal compliance officer incluida persona delegada protección de datos. Definición persona consumidora vulnerable a todo colectivo. Seguro delitos informáticos preceptivo.