Corresponde a la Dirección de Planificación Territorial promover, elaborar y tramitar los instrumentos necesarios para la implementación, monitorización, evaluación y seguimiento de la Agenda Urbana de Euskadi-Bultzatu 2050.
Y entre ellos, los instrumentos de ordenación del territorio, en el marco de las Directrices de Ordenación Territorial (DOT) y promocionar la ordenación y protección del paisaje en el ámbito de estos instrumentos de ordenación del territorio.
También le corresponde tramitar los instrumentos de ordenación urbanística cuya aprobación competa a la Administración General de la Comunidad Autónoma, así como los que desarrollen determinaciones del planeamiento territorial, elaborar las ponencias técnicas sobre los instrumentos de ordenación del territorio y ordenación urbanística, en el ámbito de funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco y del Consejo Asesor de Política Territorial del Gobierno Vasco, así como desempeñar el resto de funciones que, respecto a estos órganos, atribuye la legislación en materia de ordenación del territorio y de suelo y urbanismo.
En el marco de la Información Territorial, le corresponde elaborar la cartografía oficial básica del sector público de la Comunidad Autónoma y su suministro a la Infraestructura de Datos Espaciales de Euskadi, controlando el mantenimiento de la infraestructura cartográfica y geodésica de Euskadi. Y coordinar la Infraestructura de Datos Espaciales de Euskadi y el geoportal www.geo.euskadi.eus, con el fin de facilitar e impulsar el acceso, disponibilidad y explotación de información geográfica y geoservicios de calidad referidos al territorio de Euskadi.

