Euskadi dispondrá de una regulación propia para la comercialización de los productos del sector agrario mediante la venta de proximidad (Consejo de Gobierno 30-4-2024)
- El decreto establece las condiciones higiénico sanitarias, de trazabilidad, etiquetado y publicidad de los productos alimenticios comercializados mediante venta de proximidad
- El objetivo de este decreto es fomentar la venta de proximidad para mejorar los resultados económicos de las personas productoras a través de una mayor comercialización de sus productos
El Consejo del Gobierno Vasco ha aprobado el Decreto que regula las condiciones higiénico- sanitarias, de trazabilidad, etiquetado y publicidad de los productos alimenticios comercializados mediante venta de proximidad, que ha sido propuesto por la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, Arantxa Tapia, junto con la Consejera de Salud, Gotzone Sagardui, y el Consejero de Turismo, Comercio y Consumo, Javier Hurtado.
La publicación de este decreto pretende fomentar la venta de proximidad para mejorar los resultados económicos de las personas productoras a través de una mayor comercialización de productos, primarios o transformados, con el consiguiente incremento del valor añadido, diversificando las fuentes de ingresos, visibilizando al sector primario y su aportación al desarrollo del medio rural.
Asimismo, se facilitará el acceso de las personas consumidoras a los productos alimenticios de proximidad y a información clara sobre su origen, coste, sistema de producción y condiciones de sostenibilidad, cuestiones sobre las que el interés de las personas consumidoras ha aumentado.
El objetivo de la venta de proximidad de productos alimenticios es apoyar las cadenas de suministro y comercialización de las personas que se dedican a la agricultura y a la ganadería y establecer una conexión más directa con las personas consumidoras. Asimismo, tiene como objetivo aumentar la rentabilidad económica de las personas productoras reduciendo el número de intermediaciones.
El concepto de venta de proximidad, es la venta de productos alimenticios que se comercializan bajo cualquiera de las siguientes modalidades de venta: venta directa a la persona consumidora final o venta en circuito corto; a través de como máximo un eslabón intermediario de la cadena de comercialización.
Además, en este decreto se regulan las condiciones que deberán cumplir los productores y productoras con menos de 50 gallinas ponedoras que suministran los huevos directamente a la persona consumidora final. Estas son consideradas pequeñas cantidades de productos primarios y están exentos de aplicación del paquete de higiene, por lo que en esta nueva norma se establecen los requisitos que deben cumplir en Euskadi.
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
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30 de abril de 2024
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👏🏽Hoy, en Consejo de Gobierno, se ha aprobado la regulación para la comercialización de los productos del sector agrario mediante la venta de proximidad en Euskadi. Entrará en vigor el día posterior a su publicación. @EkoGarapena
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30 de abril de 2024
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👏🏽Gaur, Gobernu Bileran, nekazaritza-produktuak hurbileko salmenta bidez merkaturatzeko araudi berria onartu da. Behin argitaratuta eta hurrengo egunean jarriko da indarrean. @EkoGarapena
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30 de abril de 2024
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👏🏽Gaur, Gobernu Bileran, Euskadiko nekazaritza-produktuak hurbileko salmenta bidez merkaturatzeko araudi berria onartu da. Behin argitaratuta eta hurrengo egunean jarriko da indarrean. @EkoGarapena
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30 de abril de 2024
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