
Vivienda actualizará al alza los ingresos máximos para acceder a VPO para “evitar escenarios injustos” motivados por la inflación
- Los límites se actualizarán en un 8,5% este otoño y se establece un mecanismo para actualizarlos cada 1 de enero en función del IPC
- Arriola subraya que de no realizarse este ajuste se “podría expulsar del sistema de protección social a muchas personas solicitantes de vivienda a causa de la inflación”
El Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes actualizará los ingresos máximos para poder acceder a una VPO de venta o alquiler, con el objetivo de adaptarse a la nueva realidad económica. El consejero Iñaki Arriola ha dado a conocer esta modificación durante el pleno de control parlamentario al Gobierno Vasco, sesión en la que ha recordado que el contexto de inflación tras la pandemia y la guerra de Ucrania “puede afectar negativamente y dejar fuera del sistema a personas y familias cuya economía no ha mejorado”.
Los niveles de ingresos para estar de alta en Etxebide se calculan utilizando la declaración del IRPF y aplicando un factor corrector en función de las características de la unidad convivencial. Si los ingresos ponderados máximos se superan, se pierde la posibilidad de acceder a un VPO. Arriola ha señalado que el objetivo es “evitar escenarios injustos que podrían expulsar del sistema de protección social a muchas personas a causa de la inflación”. Por ejemplo, se puede dar la situación de que una persona demandante de una VPO vea incrementado su salario por debajo del incremento del IPC y que, aunque su poder adquisitivo real se ha resentido al crecer los precios más que su sueldo, rebase los límites de la normativa y no pueda acceder a una vivienda protegida.
El consejero ha explicado que los límites en vigor se basan en normativa de 2011 y que no ha sufrido ajustes reseñables debido a la estabilidad en esta materia en los últimos años. Dada la situación actual, ha anunciado que la actualización se recogerá en la disposición final del futuro decreto de Derecho Subjetivo a la Vivienda, que será aprobado en las próximas semanas.
La norma recoge que excepcionalmente en el momento de aprobación del decreto se realizará una actualización del 8,5%. Así, el límite de ingresos máximos pasará de 25.000 a 27.125 euros en el caso de una vivienda de protección social de alquiler, de 39.000 a 42.315 los topes para quienes opten a una VPO de régimen general en arrendamiento o compra y de 50.000 a 54.250 euros en el caso de viviendas tasadas. Asimismo, el decreto, cuya aprobación está prevista para las próximas semanas, establece un mecanismo de ajuste cada 1 de enero en función del IPC.