
El Consejero Azpiazu da cuenta en el Parlamento Vasco de los últimos acuerdos adoptados en la CMCE
El Consejero de Economía y Hacienda, Pedro Azpiazu, en una comparecencia a petición propia, ha dado cuenta esta mañana en sede parlamentaria de los acuerdos adoptados en la Comisión Mixta del Concierto Económico, el pasado 27 de diciembre.
Azpiazu ha detallado el contenido de estos acuerdos:
Acuerdo primero: Modificación del concierto económico con la comunidad autónoma del país vasco
En este primer acuerdo, se conviene la nueva redacción que ha de darse a la disposición adicional quinta, redacción que incorpora al Concierto Económico el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, complementario del Impuesto sobre el Patrimonio, como tributo concertado de normativa autónoma con la misma vigencia que la Ley estatal que la crea.
Acuerdos segundo y tercero: Participación del País Vasco en el gravamen temporal energético, y en el gravamen temporal de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito
En este caso, la Comisión Mixta ha acordado que la Administración General del Estado aportará financiación a Euskadi para hacer frente a las excepcionales consecuencias económicas y sociales motivadas por la guerra en Ucrania, y por los problemas de oferta y de suministros derivados de la pandemia provocada por la COVID-19.
Azpiazu ha precisado en esta Comisión de Economía, Hacienda y Presupuestos que estos acuerdos se están tramitando en estos momentos en el Congreso como proyectos de ley de lectura única y por el procedimiento de urgencia. Tras su paso por el Senado, esperamos que ambos textos legales (que se están tramitando junto con el proyecto de ley por el que se modifica el Convenio Económico con Navarra), puedan estar aprobados y publicados para la primavera.
Una vez aprobada la ley por la que modifica el Concierto Económico, las Juntas Generales de cada uno de los Territorios Históricos deberán aprobar las correspondientes Normas Forales que incorporen cada una de las nuevas figuras tributarias (y en el caso del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, su modificación) al sistema tributario foral.