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El Gobierno Vasco aprueba ayudas extraordinarias por más de 14 millones para apoyar al sector primario frente a la crisis provocada por la invasión de Ucrania (Consejo de Gobierno 27-9-2022)

27 de septiembre de 2022
  • El incremento sostenido de los costes de producción tensiona la viabilidad de explotaciones agrarias y ganaderas
  • El ejecutivo autónomo considera fundamental minimizar el impacto sufrido por el sector y crear medidas de apoyo para salvaguardar su competitividad ante la crisis 

El Gobierno Vasco ha convocado – mediante orden de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente- ayudas extraordinarias para apoyar a las explotaciones agroganaderas y paliar las dificultades que vienen experimentando a consecuencia del incremento de sus costes de producción derivado de la invasión rusa a Ucrania. Dotadas con 14,1 millones de euros, estas ayudas contribuirán al mantenimiento de la actividad de las empresas de los subsectores de vacuno, ovino, caprino, aves de carne y de puesta, porcino, conejos, equino, patata, remolacha, maíz forrajero y ciertas leguminosas. 

La invasión de Ucrania está agravando la situación que ya atravesaban buena parte de los sectores agrarios (muy dependientes de insumos externos a la UE), caracterizada por un incremento sostenido de los costes de producción, derivado del aumento de los precios de las materias primas para alimentación animal y de los precios de la energía y de los combustibles. El impacto combinado de estos aumentos de los costes de la energía, los fertilizantes, los cereales y los aceites es especialmente grave para la ganadería. Cabe destacar que en los últimos 12 meses los precios medios de los fertilizantes se han multiplicado por 2,24, el precio medio de los piensos ha incrementado un 20%, el precio del gasoil en un 83% y el precio de la electricidad se ha incrementado un 74%. 

Ante esta situación, el Gobierno Vasco considera fundamental tratar de minimizar el impacto sufrido por la economía vasca y ayudar a salvaguardar la competitividad del mismo ante la crisis actual. Por ello, adoptó, el pasado 12 de abril de 2022, un acuerdo por el que se fijaban “medidas presupuestarias en relación con las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania” y la ayuda de los 14 millones de euros dirigidas al sector primario responden a este compromiso.

 Trámites y plazos

La cuantía de las ayudas estará compuesta por una ayuda base, a la que podrá sumarse una ayuda complementaria. La ayuda base será el resultado de multiplicar la cuantía (que se concretará en la Orden reguladora) por cada animal o hectárea subvencionable por el número de animales o hectáreas presentes en la explotación.

La Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco será el órgano competente para la gestión y resolución de las ayudas. La tramitación se realizará de oficio, a partir de los datos que se disponen en los registros de las instituciones vascas, exclusivamente por los medios electrónicos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi: https://www.euskadi.eus/micarpeta.

La Dirección de Agricultura y Ganadería del Gobierno Vasco publicará en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi (https://www.euskadi.eus/tablon-electronico-anuncios/), en el plazo máximo de 15 días hábiles contados desde el día que surta efectos la orden, la relación provisional de titulares de las explotaciones posibles beneficiaras, así como el número de cabezas de ganado y hectáreas computadas, y la condición de explotación de titularidad de mujeres o paritaria y la de persona joven, requeridas para el pago ayuda complementaria.

Los beneficiarios dispondrán de un plazo de 5 días hábiles desde la publicación mencionada en el apartado anterior para, en el caso de figurar en el listado: aceptar, rechazar la inclusión o solicitar la modificación de los datos, o, en caso de no figurar en el listado provisional, solicitar su inclusión aportando la documentación acreditativa.

La resolución de las alegaciones que hubieran sido presentadas al amparo de lo dispuesto en el apartado anterior se adoptará en el plazo máximo de un mes y a partir de ahí en tres meses se procederá, mediante resolución del Director de Agricultura y Ganadería, a la concesión y/o denegación, notificación y pago de las ayudas.

 

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