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Creado el Observatorio de Servicios Sociales (Acuerdo del Consejo de Gobierno del 26-10-2011)

26 de octubre de 2011

Decreto del Observatorio Vasco de Servicios Sociales

A propuesta de la consejera de Empleo y Asuntos Sociales, Gemma Zabaleta, el Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto por el que se crea y regula el funcionamiento del Observatorio Vasco de Servicios Sociales. Este Observatorio, que se suma a la red de Observatorios-Ikuspegiak del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, integrada por el de Familia, Infancia y Adolescencia, tendrá como ejes de actuación el estudio de las necesidades sociales, la calidad de la atención y las políticas públicas.

El Observatorio Vasco de Servicios Sociales desarrollará las siguientes funciones:

a) Funciones de estudio e investigación: estudiar las causas y factores que determinan los cambios sociales; detectar las necesidades y analizar la demanda, con fines de planificación; analizar los servicios y las prestaciones económicas en términos de gestión, coste y calidad de la atención, al objeto de promover su mejora continuada y de orientar su desarrollo y evolución; analizar las nuevas tendencias u experiencias observadas a nivel autonómico, estatal e internacional tanto en las políticas públicas de servicios sociales, como en el diseño y organización de los servicios y prestaciones económicas.

b) Funciones de evaluación: aplicar indicadores de calidad y de rendimiento que permitan valorar, periódicamente, en qué medida las instituciones competentes han alcanzado una serie de objetivos predefinidos en materia de cobertura de servicios y de calidad de la atención; evaluar las actuaciones de las administraciones públicas vascas en el ámbito de los servicios sociales y formular recomendaciones y propuestas tendentes a mejorar la adecuación de las políticas públicas y del ordenamiento jurídico a las necesidades detectadas y a su evolución; elaborar libros blancos y manuales de buenas prácticas que orienten sobre las mejoras a incorporar en el Sistema Vasco de Servicios Sociales.

c) Funciones de sensibilización de los profesionales de los servicios sociales: promover programas de formación que les doten de conocimientos e instrumentos idóneos para el adecuado ejercicio de su actividad profesional en el respeto de los principios éticos.

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