Técnico en Elaboración de Productos Alimenticios (Acuerdo del Consejo de Gobierno del 26-10-2011)
Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico en Elaboración de Productos Alimenticios
El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, el Decreto por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnico en Elaboración de Productos Alimenticios
Mediante este Decreto se establece, para la Comunidad Autónoma del País Vasco, el currículo de para las enseñanzas de Formación Profesional de grado medio correspondientes al título de Técnico en Elaboración de Productos Alimenticios, de la familia profesional Industrias Alimentarias.
Corresponderá al centro educativo, dentro del marco de la autonomía pedagógica y organizativa de que se dispone, establecer su Proyecto Curricular de Centro, en el que abordará las decisiones necesarias para concretar sus características e identidad en la labor docente así como para determinar los criterios para elaborar las programaciones de los módulos profesionales.
Dentro del marco del Proyecto Curricular de Centro, corresponderá al equipo docente, responsable del ciclo, y a cada profesor o profesora en particular elaborar las programaciones teniendo presente los objetivos generales que se establecen, respetando los resultados de aprendizaje y contenidos que cada módulo profesional contiene y tendiendo como soporte el perfil profesional que referencia las enseñanzas.