
679,3 millones de euros para la financiación de los conciertos educativos de centros docentes (Consejo de Gobierno 21-6-2022)
El Consejo de Gobierno ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta del consejero de Educación, la Orden por la que se convoca la renovación de los conciertos educativos y el acceso al régimen del concierto educativo, con determinación de las concretas unidades, así como la concertación del personal complementario de apoyo, con vigencia desde el curso académico 2022-2023 hasta el curso 2027-2028.
La nueva Orden cuenta con una dotación económica inicial estimada de 679.331.828,09 euros para el curso 2022-2023, calculada en base a los módulos vigentes y el mismo número de aulas concertadas que en el curso 2021-2022, susceptible de modificación por las variaciones que pudieran surgir como consecuencia de modificaciones en los conciertos educativos.
Mediante la presente Orden, el Departamento de Educación persigue adecuar la concertación a un nuevo contexto social, en el que la evolución de la natalidad y las necesidades educativas cambiantes requieren adecuar y actualizar algunos de sus criterios anteriores.
El régimen de conciertos permite hacer efectivo en los centros educativos privados el derecho a la educación básica obligatoria y gratuita cuya garantía corresponde a los poderes públicos, mediante la asignación de fondos públicos y respetando lo recogido en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, así como en la normativa de carácter básico que la desarrolla. Dicho régimen facilita, asimismo, el acceso a la educación no obligatoria en los citados centros siempre que se acomoden a las prescripciones establecidas en la normativa reguladora.
Con la finalización de este curso 2021-2022, expiran los seis cursos de vigencia de los actuales conciertos educativos (2016-2022). Por tanto, se procede a convocar, para los cursos escolares comprendidos entre 2022-2023 y 2027-2028, los siguientes procedimientos:
- la renovación de los conciertos.
- el acceso al régimen de concierto educativo.
- la concertación del personal complementario de apoyo.
Mediante esta convocatoria se podrán concertar las enseñanzas de las siguientes etapas educativas: segundo ciclo de la etapa de Educación Infantil; etapa de Educación Primaria; etapa de Educación Secundaria Obligatoria; etapa de Bachillerato; ciclos de grado básico, grado medio y grado superior de Formación Profesional; cursos de especialización de Formación Profesional; y enseñanzas de Educación Especial.
Entre las principales novedades que recoge la nueva Orden:
- Reducción del nº mínimo de alumnos para concertar un grupo (en inicios de etapa)
- Infantil y Primaria: de 17 a 13 alumnos/as
- Facilidad para desdoblar aulas:
- Con 26-27 alumnos/as: segundo profesor. Co-docencia
- De 28 en adelante: desdoble de aula (hasta ahora se desdoblaba con 34)
- Si es el único centro del municipio: se configurará grupo con 11 alumnos y alumnas
- En los centros con un número determinado de alumnado con Índice de Complejidad Educativa (ICE):
- Se crea grupo con 8 (Infantil y Primaria) y con 12 en la ESO
- Máximo de alumnos: 18 con 2 años, 23 en Infantil y Primaria, y 25 en la ESO
- Concertación del Especialista de Apoyo Educativo y programas de escolarización complementaria
Con respecto al último punto, conviene señalar que la nueva Orden unifica en una única convocatoria la concertación de las enseñanzas para alumnado que no requiere atención específica de apoyo educativo, ni de compensación de desigualdades en la educación, con la correspondiente al alumnado que requiere alguna de ellas. Por tanto, esta convocatoria incorpora la concertación de personal complementario de apoyo a las necesidades específicas de apoyo educativo y de compensación de desigualdades en la educación.