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El Gobierno Vasco activa el segundo Plan de Contingencia para la acogida de personas ucranianas con una vigencia de un mes

31 de marzo de 2022
  • Se establecen cuatro apartados: primera acogida, integración, solución habitacional estable y recursos complementarios de acogida e integración
  • Vuelven a plantearse dos escenarios, pero en esta ocasión “no se establecen umbrales cuantitativos por no ser factible una cuantificación fiable de llegadas”
  • Tiene vigencia limitada y carácter provisional, para modularse según las necesidades, y garantiza una acogida digna, así como la integración social y convivencial
  • Una vez más, las instituciones vascas solicitan que la solidaridad sea coordinada y organizada

La Mesa de seguimiento para la acogida de personas refugiadas de Ucrania del Gobierno Vasco ha aprobado la activación del segundo Plan de Contingencia, toda vez que el primero expiraba hoy mismo. En este segundo plan se establecen dos escenarios en cuatro ámbitos de intervención. A diferencia del primer plan, la definición de escenarios no viene determinada por umbrales cuantitativos de personas llegadas desde Ucrania, sino por el grado de ocupación de los recursos que disponga o amplíe el Sistema de Acogida e Integración estatal (SAI). La razón es que, por el momento y debido a que hay un indeterminado número de llegadas sin registro oficial o en tránsito, resulta imposible cuantificar con precisión el número de personas desplazadas que llegan a Euskadi.

Los datos incompletos de los que se disponen por el momento hasta el 30 de marzo son los siguientes. El número de personas que ha ocupado plaza de primera acogida en los alojamientos disponibles en el SAI a fecha 30 de marzo es 478 personas. Las personas que ha solicitado, por el momento, el reconocimiento de la protección internacional temporal en comisarías de policía son 850. El número de personas menores de edad que han presentado solicitudes de matriculación han sido 265. Por otra parte, 746 personas desplazadas de Ucrania han solicitado tarjeta sanitaria en los servicios de Osakidetza desde el 24 de febrero.

Este segundo plan de contingencia, del mismo modo que el primero, sigue estando condicionado por una serie de incógnitas que siguen sin despejarse. En primer lugar no es posible estimar ni el número de personas que podrán llegar a Euskadi o al conjunto del estado en las próximas semanas y meses, ni tampoco en qué plazos o con qué grado de concentración. Sigue sin conocerse en qué medida la acogida se va a plantear dentro de los parámetros previstos en materia de asilo por el Sistema de Acogida e Integración estatal, o si se van a articular otro tipo de cauces o medidas. Tampoco se dispone aún de una cobertura jurídica específica para la acogida temporal de menores sin referente familiar, aunque las Diputaciones Forales y Gobierno Vasco han acordado criterios y un procedimiento.

Con estos condicionantes, el segundo Plan de Contingencia tendrá una vigencia de un mes, concretamente del 1 al 30 de abril. En tanto se pueda disponer de nueva y más precisa información tiene carácter provisional. Sus previsiones podrán ser bien prorrogadas o bien revisadas y modificadas antes de finalizar su vigencia si resultase necesario.

En cualquier caso, el objetivo es garantizar una “acogida digna”. Si el primer plan se centraba en la acogida inicial o de urgencia, este acompaña y proyecta una voluntad de refuerzo de los procesos de integración social y comunitaria así como de apoyo material y psicosocial a las familias.

Cuatro grandes ámbitos de actuación

La primera acogida incluye un servicio de información en aeropuertos y estaciones de trenes y autobuses de las capitales y de Irun. El teléfono 945 222 222 de acogida y las oficinas de recepción e información en las tres capitales.

El Plan contempla igualmente una estrategia para responder a las necesidades de alojamiento de urgencia tanto para el “Escenario 1. Acogida con Recursos ordinarios reforzados”, como para el “Escenario 2. Acogida con recursos adicionales. Se prevé también la puesta en marcha de un programa de apoyo psicosocial tanto para las personas desplazadas, como para las personas y familias que acogen a niños y niñas de zonas cercanas a la de exclusión de Chernóbil y a familias acogedoras y acogidas que conviven juntas.

En relación con los menores sin referente familiar “las diputaciones forales realizarán la valoración de las personas menores, asumiendo la guarda provisional”. Junto a los ayuntamientos, “valorarán aquellos casos en los que se detecten posibles situaciones de riesgo o desprotección”. También realizarán la valoración de las familias de acogida. Para ello, la Mesa de Seguimiento del Plan de Contingencia ha creado una comisión de menores para resolver las situaciones que pudieran darse.

El segundo ámbito de actuación del plan se centra en la Integración. En este ámbito se disponen los recursos necesarios en los dos escenarios en materia de empadronamiento, atención en los servicios municipales, educación, servicios de salud y empleo.

El tercer ámbito del plan está dedicado a la Solución habitacional estable que debe procurarse a las personas refugiadas una vez ha sido cubierta una primera etapa de primera acogida. En este campo se contemplan dos grandes tipos de soluciones habitacionales estables: viviendas ofrecidas por las instituciones o de ofrecimiento social y viviendas de familias de acogida. En ambos supuestos el plan define el proceso que se seguirá. Se recuerda que el ofrecimiento solidario de viviendas y la predisposición a constituirse en familias de acogida temporal debe canalizarse, a través del correo electrónico errefuxiatuak@euskadi.eus.

Finalmente, el cuarto ámbito de actuación está dedicado a describir los Recursos complementarios de acogida e integración. Se definen seis tipos de recursos complementarios: la Red de personas traductoras voluntarias, la Guía de acogida a personas desplazadas desde Ucrania, el refuerzo de la prevención de la trata de mujeres y menores, el Apoyo económico para el sustento vital, la Articulación y organización de la solidaridad, y la Coordinación con otras instituciones o entidades con capacidad de ayudar.

En relación con el Apoyo económico para el sustento vital y en tanto no esté definido el mecanismo que el Estado empleará para garantizar a quienes lo necesiten la ayuda económica básica para su subsistencia, el Gobierno Vasco establecerá un acuerdo con entidades sociales con experiencia en este ámbito para canalizar y hacer llegar a las personas y familias que lo necesitan estas ayudas.

En cuanto a la articulación y organización de la sociedad se orientará a la creación de grupos locales de personas voluntarias en cada localidad que se ofrecen como punto de referencia para las familias que se hayan instalado en ese municipio. Tendrán tres objetivos: (1) brindar ayuda, compañía y calor humano a las personas desplazadas, (2) ayudarles en el aprendizaje del idioma y (3) acompañarles en la familiarización con su nuevo entorno de vida, tanto en el uso de servicios, comercios o transportes, como en el conocimiento de las posibilidades para su ocio, autonomía o adaptación socio-laboral.

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