
Anteproyecto de Ley de Transición Energética y Cambio Climático. Trámite de información pública. Conclusiones
De conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del anteproyecto de ley, debe llevarse a cabo la consulta pública previa, a través de los portales web de la administración (en este caso, se ha realizado el trámite consulta pública previa en www.euskadi.eus e Irekia), con el objetivo de recabar las opiniones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
Se agradecen las aportaciones recibidas tanto por el canal de Irekia como a tráves del trámite de audiencia e información pública.
Las aportaciones se analizarán y valorarán tras el trámite de audiencia e información pública.
Transcurrido el plazo fijado al efecto y valorado el resultado de los trámites anteriormente citados, se proseguirá con la tramitación del procedimiento para la redacción de la norma.