Proyecto de Decreto que regula las condiciones mínimas de habitabilidad y las normas de diseño de las viviendas y alojamientos dotacionales en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Consulta pública previa. Cierre
El Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco va a iniciar la elaboración del Proyecto de Decreto sobre las condiciones mínimas de habitabilidad y las normas de diseño de las viviendas y los alojamientos dotacionales en la Comunidad Autónoma del País Vasco en desarrollo de la Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco el 26 de junio de 2015.
De conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del proyecto de norma se ha llevado a cabo la de consulta pública previa, a través de los portales web de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, euskadi.eus e Irekia, en las que se han recabado las opiniones de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma.
En el marco de la citada consulta se han recibido 35 comentarios, 5 argumentos a favor, 2 argumentos en contra y 28 comentarios.
En el trámite de consulta han participado cinco personas particulares, una persona técnico municipal y la Comisión de Sostenibilidad del Colegio de Arquitectos Vasco Navarro
De los 35 comentarios 18 se corresponden a comentarios realizados por las personas particulares, 1 se ha formulado por una persona técnico municipal y 16 se han remitido por la Comisión de Sostenibilidad del Colegio de Arquitectos Vasco Navarro.
Asimismo, debe indicarse que 17 de los comentarios se refieren a las cuestiones planteadas con carácter general (6 se corresponden con las personas particulares y 11 son realizadas por el técnico municipal y la Comisión de Sostenibilidad) y 18 se refieren a las cuestiones planteadas respecto al diseño, emplazamiento, distribución y equipamiento (12 se han formulado por las personas particulares y 6 se han realizado por la Comisión de Sostenibilidad).
En relación con si se considera necesaria la aprobación de la norma, debe destacarse que tres de las personas particulares han realizado comentarios en sentido favorable a la elaboración de la norma, y que esta posición ha sido también refrendada por la persona técnico municipal y la Comisión de Sostenibilidad del Colegio de Arquitectos Vasco Navarro. En total, se han emitido 7 comentarios a favor de elaborar esta norma.
Respecto a las cuestiones específicas se encuentran aspectos en los que se alcanza cierto consenso como puede ser la promoción de un mínimo de soleamiento o la no obligación de disponer de garaje y trastero a efectos de determinar la habitabilidad de las viviendas.
Otras cuestiones, por el contrario, son objeto de intervenciones divergentes, en concreto, la necesidad de definir la distribución de la vivienda o la sustitución de los espacios de tendedero por máquinas secadoras.
Transcurrido el plazo fijado al efecto y valorado el resultado, el Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda proseguirá con la tramitación del procedimiento para la redacción de la norma teniendo en cuenta la necesidad de fijar unas condiciones mínimas de habitabilidad para las viviendas y alojamientos dotacionales de la Comunidad Autónoma, así como la idoneidad de establecer un marco jurídico que permita adoptar medidas encaminadas a satisfacer las necesidades específicas de las personas que pudieran concurrir en casos concretos.