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Los consejeros Arriola y Retortillo presentan a los municipios y al sector comercial la revisión del PTS de Equipamientos Comerciales

14 de noviembre de 2017
  • La reforma del Plan Territorial Sectorial se aborda para cumplir la sentencia del Tribunal Supremo que  anuló las restricciones a la instalación de nuevas grandes superficies
  • Se proponen tres alternativas abiertas para debatir y buscar la fórmula más adecuada para atender las necesidades comerciales de la población con un desarrollo urbano sostenible

 

Los consejeros de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, Iñaki Arriola, y de Turismo, Comercio y Consumo, Alfredo Retortillo, han presentado hoy a representantes de los ayuntamientos de Euskadi y de las distintas asociaciones y operadores del sector comercial la revisión que se está abordando del Plan Territorial Sectorial (PTS) de Creación Pública de Suelo para Actividades Económicas y de Equipamientos Comerciales Comercio de 2004. Esta revisión es consecuencia de la sentencia del Tribunal Supremo que en 2015 anuló las limitaciones que introducía el PTS a la instalación o ampliación de grandes superficies comerciales fuera de los núcleos urbanos con el fin de preservar un reparto equilibrado de la actividad terciaria y el comercio de proximidad, así como la vitalidad urbana. 

A raíz de la demanda de dos empresas del sector, el Supremo declaró la nulidad de esas restricciones por considerarlas contrarias a la libertad de establecimiento de servicios consagrada por la llamada Directiva Bolkestein. Estimó que estaban motivadas exclusivamente por razones económicas y mercantiles, cuando las únicas restricciones autorizadas por la Directiva a la libertad de establecimiento son las que se justifican en el interés general; entre ellas, las relativas a la protección del medio ambiente y a la Ordenación del Territorio, incluida la planificación urbana y rural.

Ante la situación creada, y para atender a las exigencias del fallo del Tribunal Supremo, se ha considerado conjuntamente desde las dos áreas del Gobierno Vasco implicadas –Comercio y  Planificación Territorial- la necesidad de acometer una revisión del PTS que conjugue dos objetivos:

1– Atender a la situación presente y futura de la actividad comercial, en función de la distribución de la población de Euskadi. 

2– Que esa revisión se base en preservar los criterios de la ordenación del territorio al servicio de un desarrollo urbano medioambiental, social y económicamente sostenible.

En cuanto a las razones basadas en la ordenación del territorio, el Avance de las Directrices de Ordenación del Territorio (DOT), actualmente en revisión, ya marca las pautas que han de dirigir la Planificación Sectorial en este ámbito. Así, se recoge expresamente que resulta fundamental realizar una reflexión sobre los impactos producidos por las grandes superficies comerciales situadas en el extrarradio de los núcleos urbanos, tanto en lo que se refiere a la ocupación de suelo como a los desplazamientos generados por los mismos, fundamentalmente vinculados al uso del vehículo privado. Y a continuación se establece la directriz de promover la vida urbana de nuestras poblaciones, priorizando el comercio urbano y estableciendo limitaciones a los Equipamientos Comerciales ubicados en la periferia.

Ambos Departamentos consideran que con esta adaptación se pone el fundamento jurídico para sostener que la modificación del PTS que finalmente se decida no se basa en motivos económicos y mercantiles, prohibidos por la normativa europea, sino en motivos medioambientales y de una ordenación del territorio armónica e integrada. 

Por ello, el avance presentado por Arriola y Retortillo a los ayuntamientos y a las organizaciones representativas del sector comercial en Euskadi para la revisión del PTS es una propuesta abierta que contiene 3 alternativas, que irán perfilándose a medida que se desarrolle el proceso de tramitación y en el que la participación institucional y social será determinante.

-La primera alternativa supondría el cumplimiento estricto de la sentencia del Supremo, desistiendo de imponer limitación alguna a la implantación o ampliación de grandes superficies comerciales fuera de los casos urbanos.

-La segunda aboga por integrar la actividad comercial en la ordenación de las tramas urbanas residenciales, evitando su localización exterior a éstas.

-Y la tercera se abre a la posibilidad de implantar nuevos centros comerciales fuera de los cascos urbanos con algunas condiciones, básicamente, que no requieran crear nuevas vías de acceso y comunicación. 

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