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El Gobierno Vasco limita, hasta octubre de 2018, el plazo para que las entidades locales puedan utilizar los registros ordinarios de papel (Consejo de Gobierno 28-03-2017)

28 de marzo de 2017

A partir de esta fecha, todas las instituciones vascas, incluídas las locales, deberán tener listo el “Registro Electrónico General”, tal y como establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy, la modificación de dos cláusulas del modelo de convenio de colaboración que suscribe con las entidades locales de Euskadi, para que el día 2 de octubre de 2018, sea la fecha tope en la que se puedan registrar documentos en papel dirigidos a la Administración Pública Vasca.

El objetivo de la modificación es limitar el plazo en el que los 251 ayuntamientos de Euskadi, puedan continuar utilizando y poniendo a disposición de la ciudadanía, sus  registros ordinarios de papel. A partir del 2 de octubre de 2018, todos deberán, obligatoriamente, contar con un “Registro Electrónico General”, tal y como lo establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que entró en vigor el pasado 2 de octubre de 2016.

Las modificaciones aprobadas hoy afectan, concretamente, a las cláusulas segunda y sexta, para que cualquier convenio que el Gobierno Vasco firme a partir de ahora con las entidades locales, tenga un plazo máximo de vigencia del 2 de octubre de 2018.

Un comentario
  • Foto SN Robot
    @JGorbena
    1 de abril de 2017

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    El Gobierno Vasco limita, hasta octubre de 2018, el plazo para que las entidades locales puedan utilizar los reg... https://t.co/nFi5eJDbxR

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