El Gobierno aprueba los dos proyectos de ley que cimentarán la modernización del sector público vasco sobre las bases de la buena gobernanza. (Resumen del acuerdo del Consejo de Gobierno del 10-11-2015)
Proyecto de ley de transparencia, participación ciudadana y buen gobierno del sector público vasco.
Proyecto de ley de organización y funcionamiento en el sector público vasco.
RESUMEN
La transparencia, la participación ciudana y la evaluación de las políticas públicas, son los tres pilares sobre los que pivotan estos dos proyectos de ley que pretenden mejorar la calidad, la eficacia y la eficiencia de los servicios públicos.
A partir de su aprobación, si las instituciones públicas vascas quieren crear nuevas entidades, deberán acreditar su necesidad y garantizar que no supongan duplicidad.
Además, las nuevas leyes afectarán a los tres niveles institucionales vascos que crearán un foro común para solucionar las ineficiencias y solapamientos entre administraciones y que fomentará la cooperación y coordinación interadministrativas.
La ciudadanía tendrá derecho a ser parte activa en la elaboración de las políticas públicas, decretos y reglamentos y podrá acceder a toda la información que le interese sobre el sector público vasco.
Se crea la "Agencia Vasca de Transparencia-Gardena" para velar por el derecho a la información de la ciudadanía.
El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy los proyectos de ley de Transparencia, Participación Ciudadana y Buen Gobierno del Sector Público Vasco y de Organización y Funcionamiento en el Sector Público Vasco. Con esta aprobación, el Gobierno cumple el compromiso adoptado en la Cámara Vasca de abordar, en dos normas diferentes, las dos cuestiones claves para afrontar la renovación y modernización de la Administración Pública vasca: regular su nueva organización y estructura, y articular legalmente los nuevos derechos ciudadanos de participación y transparencia.
Ambos proyectos de ley han tenido en cuenta las alegaciones presentadas por los colectivos afectados (Diputaciones Forales, EUDEL ,sindicatos, el CES, etc.), pero además, se aprueban después de una ronda de contacto con los Grupos Parlamentarios, gracias a las que se han inlcuido numerosas enmiendas. De hecho, la principal novedad de ambos textos es su ampliación en el ámbito de aplicación: afectarán a los tres niveles institucionales vascos así como a todos los entes instrumentales que depende de ellos, sin perjuicio de las competencias de autonomía organizativa de cada institución pública vasca.
Los dos proyectos de ley aprobados hoy, son claves para abordar la necesaria modernización del sector público vasco para que ofrezca un servicio público de calidad, capaz de responder de manera eficaz a las necesidades de la ciudadanía del Siglo XXI y asentada sobre los nuevos principios de la gobernanza: participación, transparencia y colaboración ciudadana en los asuntos públicos.
Los dos textos será remitidos ahora a la Cámara vasca para su debate y aprobación definitiva.
TRANSPARENCIA, PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y BUEN GOBIERNO
El Proyecto de Ley de Transparencia, Participación Ciudadana y Buen Gobierno del Sector Público Vasco regula los ejes fundamentales del funcionamiento del sector público en torno a los nuevos derechos de la ciudadanía a evaluar las políticas públicas, participar en los asuntos públicos y acceder libremente y con total transparencia a la información que generan las administraciones públicas en Euskadi.
Tiene 5 títulos, 82 artículos, 2 disposiciones adicionales, 3 disposiciones transitorias y 2 disposiciones finales en los que, entre otros, regula:
La creación de la "Agencia Vasca de Transparencia-Gardena" (Art 67). Esta agencia será la encargada de proteger el derecho ciudadano a obtener información y dirimirá los conflictos que se deriven del ejercicio del derecho a la máxima transparencia y el derecho a la protección de datos personales, la seguridad pública, la vida privada, el secreto profesional o los derechos a la propiedad intelectual e industrial. Funcionará como órgano independiente, con una presidencia de 5 años, no renovable y ocupada por persona profesional, de reconocido prestigio y competente. Su consejo asesor estará formado por personas de todas las instituciones vascas Parlamento vasco, Tribunal de Cuentas Públicas, Ararteko, Agencia de Protección de Datos, Gobierno Vasco, Diputaciones Forales, EUDEL y Universidad del País Vasco.
A partir de la aprobación de esta norma, todas las administraciones públicas vascas deberán contestar las solicitudes de información de la ciudadanía en menos de 15 días (art 44), algo que el Gobierno vasco está realizando ya desde el año pasado en menos de 20 días.
El Proyecto de Ley dedica un capítulo completo, Capítulo II, a regular el derecho ciudadano a la publicidad activa y apertura de datos. Aunque el Gobierno vasco ya publica en www.euskadi.eus todo lo requerido por organizaciones internacionales de referencia como Transparencia Internacional, lo que le ha conducido a la obtención de una primera posición en el ranking de comunidades autónomas en los años 2012 y 2014, este proyecto de ley incorpora un mayor nivel de exigencia en transparencia extendiendo la obligación de publicación a la información sobre el seguimiento en la implementación del Plan de Gobierno, la actividad de los órganos consultivos y de participación, los planes de ordenación de sus recursos humanos y condiciones de trabajo, la evaluación de politicas públicas y de impacto de las normas, los procesos selectivos y los objetivos fijados y resultados obtenidos por el personal directivo y laboral de alta dirección, el gasto público en campañas publicitarias, el número de personas liberadas sindicales, el número de horas que dedican y los costes asociados, etc.
Otro de los aspectos más novedosos es la ampliación de las normas en cuya elaboración puede participar la ciudadanía. A partir de su aprobación, a la ya conocida Iniciativa Legislativa Popular, se sumará la "Iniciativa Reglamentaria Popular" (Art 65) para abrir a la participación también la elaboración de los reglamentos y decretos que desarrolle el Gobierno. Cualquier persona o grupo representativo tendrá derecho a promover iniciativas reglamentarias en materias que afecten a sus intereses.
Con este mismo objetivo, el proyecto crea la "Plataforma de Gobierno Abierto" (Art 81), como espacio permanente de interacción entre la Administración Pública vasca y la ciudadanía, para informar, escuchar activamente lo que la ciudadanía expresa en internet, mostrar y coordinar las aportaciones ciudadanas, impulsar el diálogo bidireccional, promover la iniciativa ciudadana en los asuntos públicos y la colaboración público-privada en proyectos que redunden en el bien común.
ORGANIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO
El Proyecto de Ley De Organizacion y Funcionamiento en el Sector Público define, organiza y estructura el Sector Público Vasco. Regula su funcionamiento y obligaciones, delimita las competencias de cada entidad, establece la obligación de colaboración y coordinación entre administraciones y los procedimientos de control y registro. Es clave para abordar la modernización de las administraciones públicas de Euskadi, en especial, la Administración Pública vasca cuya normativa en vigor data de los años ochenta.
Consta de 80 artículos, 2 disposiciones adicionales, 1 disposición transitoria y 3 disposiciones finales, en los que se incluyen novedades como:
La creación la "Comisión Interistitucional para la Racionalización y Dimensionamiento del Sector Público Vasco" (Art 7), con representantes de los tres niveles institucionales, es un foro para solucionar los posibles problemas de ineficiencias, solapamientos o duplicidades entre sectores públicos. Estará compuesta por:
. Presidencia: la persona que ocupa el cargo de consejero o consejera en materia de administración pública.
. Composición: personas vinculadas al área de la administración pública designadas por el Gobierno vasco, las tres diputaciones forales y EUDEL.
El proyecto de ley además endurece los requisitos para crear nuevas entidades públicas. Así, por ejemplo, será obligatorio acreditar la necesidad de ese nuevo ente y garantizar que su creación no se produzca duplicidades. (Capítulo II)
También se eleva a ley el nivel de exigencia en cuanto a transparencia, eficacia y eficiencia de las entidades públicas (Art 52): a partir de su constitución serán sometidas a evaluaciones que permitan conocer el grado de cumplimiento de sus objetivos y fines, los recursos que utiliza, los logros conseguidos en su actividad, etc. Además, estarán obligadas a inscribirse y a actualizar los datos del "Registro de Entidades del Sector Público Vasco" (Art 58) para informar sobre su estructura, organización, composición, cuentas, participación en otras entidades públicas o privadas.
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10 de noviembre de 2015
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