El Gobierno Vasco abonará desde el 1 de agosto las ayudas para la adherencia al tratamiento médico correspondientes al primer plazo de 2015
Euskadi es, por segundo año consecutivo, la única comunidad autónoma en todo el Estado que ha puesto en marcha medidas de compensación para garantizar la adherencia a los tratamientos médicos de los colectivos más vulnerables
El Departamento de Salud del Gobierno Vasco comenzará a abonar la semana que viene los importes de la primera oleada de ayudas de compensación del copago farmacéutico correspondientes a 2015, cuyo importe asciende a 2.275.721 euros y que cubrirá el dinero a devolverde las 81.946 solicitudes recibidas.
Esta cifra supone que se recibieron una media de más de medio millar de solicitudes al día, desde la apertura del plazo, el 2 de febrero hasta su conclusión, el 10 de junio de 2015. Del total de peticiones, 81.183 fueron cursadas mediante el modelo simplificado y el resto, 163, a través del ordinario (*). Por territorios, un 14,39% (11.791) corresponden a Araba, un 58,13% (47.637) a Bizkaia, y un 27,48% (22.518) a Gipuzkoa.
La cantidad que se abonará a partir de la próxima semana corresponde al gasto farmacéutico que han hecho las personas beneficiarias durante 6 meses (desde el 1 de diciembre de 2014 al 30 de mayo de 2015).
El Importe de la devolución media por persona de este primer plazo es de 30,7 euros.
El importe de la persona a la que menos se abonará es de 0,09 euros.
El importe de la persona a la que más se abonará es de 401,01 euros (persona en situación legal de desempleo con una aportación del 50 %).
Del total de beneficiarios del primer plazo del año 2015 son:
- Pensionistas: 93,75%
- Personas en situación legal de desempleo y que no perciban prestación por desempleo ni Renta de Garantía de Ingresos: 6,25%
El segundo plazo de presentación de solicitudes de ayudas continúa abierto, desde el 11 de junio, hasta el próximo de 10 de diciembre de 2015. Las solicitudes pueden seguir presentándose rellenando un sencillo formulario en:
- la sede electrónica del Gobierno Vasco: http://www.euskadi.eus/misgestiones
- los centros de salud o ambulatorios de Osakidetza
- las delegaciones territoriales del Departamento de Salud
- las sedes del Servicio de Atención al Ciudadano “Zuzenean”
Estas ayudas se enmarcan en el rechazo mostrado en todo momento por el Gobierno Vasco al copago farmacéutico, oposición que propició que Euskadi fuera la última comunidad del Estado en implantar esta medida, retrasando un año su aplicación y sin renunciar, por supuesto a la vía judicial.
EUSKADI, LA ÚNICA CCAA QUE OFRECE ESTAS AYUDAS
Euskadi es, de hecho y por segundo año consecutivo, la única comunidad de todo el Estado que ha puesto en marcha medidas de compensación destinadas a pensionistas y grupos desfavorecidos, para garantizar que ninguna persona deje de tomar la medicación prescrita por motivos económicos.
El consejero de Salud, Jon Darpón, se ha mostrado satisfecho por devolver, un año más, el dinero adelantado por aquellas personas en situación objetiva de enfermedad y necesidad, ya que les permite seguir con sus tratamientos médicos.
De igual modo, ha incidido en el esfuerzo realizado por el Gobierno Vasco para reservar una partida económica de más de 11 millones de euros ampliables, que palíe el copago al que se ven sometidas las personas que necesitan seguir un tratamiento médico. Para el Consejero de Salud “la equidad en la salud es nuestro objetivo,por eso, este Gobierno seguirá trabajando para salvaguardar nuestro sistema sanitario y hacer de la salud un derecho de todas las personas”.
(*) El procedimiento ordinario se ha de utilizar exclusivamente en dos supuestos: personas beneficiarias de las ayudas que adquieran sus medicamentos fuera de Euskadi; pensionistas de MUFACE, MUGEJU e ISFAS y sus beneficiarios empadronados en Euskadi y con rentas anuales menores de 18.000 €.
OBJETIVO DE LAS AYUDAS Facilitar la adherencia al tratamiento médico de determinados grupos de población en situación objetiva de enfermedad y necesidad. Se abonarán aquellas cantidades que el ciudadano o ciudadana haya hecho efectivas como consecuencia del mantenimiento y continuidad de un tratamiento médico prescrito, incluyéndose los tratamientos farmacológicos, los productos dietéticos y los efectos y accesorios. PERSONAS BENEFICIARIAS
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30/7/2015
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31 de julio de 2015
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30 de julio de 2015
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