
El Gobierno prima la accesibilidad y la eficiencia energética en su política de ayudas para la rehabilitación de edificios
Las entidades privadas con fines sociales de utilidad pública podrán acogerse este año, por primera vez, a las ayudas que concede el Departamento de Empleo y Políticas Sociales para financiar obras de rehabilitación de viviendas bajo criterios de accesibilidad, habitabilidad y eficiencia energética.
Además de las entidades de utilidad pública, los ayuntamientos y las entidades locales menores también podrán ser beneficiarios de las ayudas para la rehabilitación de viviendas y edificios, cuyo plazo de presentación de solicitudes finaliza el próximo 10 de octubre. El Departamento de Empleo y Políticas Sociales ha previsto un desembolso de 1,8 millones de euros para este capítulo.
Este tipo de ayudas se enmarcan dentro del Plan Renove de Rehabilitación de Vivienda 2013-2016, gracias al cual un total de 52.000 viviendas de la CAPV podrán ser rehabilitadas en los próximos tres años. La Orden de ayudas contempla la elaboración de planes de accesibilidad, y sus actualizaciones, que tengan por objeto la adaptación progresiva de los entornos urbanos, espacios públicos, edificios, transportes y sistemas de información ya existentes, la ejecución de obras de mejora para garantizar la accesibilidad en el entorno urbano y las edificaciones (creación de vados, rampas no mecánicas, pasamanos; cerramiento de alcorques; aseos y vestuarios adaptados; aparcamientos para personas discapacitadas, etc), y la adquisición e instalación de ascensores y plataformas elevadoras.
También en el ámbito del Plan Renove, el pasado 20 de agosto el BOPV publicó la Orden que regula el programa de ayudas para la rehabilitación de viviendas y edificios de la CAPV dirigido a las comunidades de propietarios y los entes públicos de viviendas, y que está dotado con 6,06 millones de euros.
Los proyectos incluidos en este programa de ayudas deben dedicarse a intervenciones en edificios o conjunto de edificios cuyo uso principal sea vivienda, estando agrupados en bloques o manzanas edificatorias y cuya fecha de construcción sea anterior a 1980. Deberán estar encaminados a la mejora de las condiciones de accesibilidad, habitabilidad y eficiencia energética de los edificios existentes, con criterios de sostenibilidad en las actuaciones.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades de propietarios y los entes públicos de viviendas (sociedades municipales de vivienda) siempre y cuando sean estos los propietarios total o parcialmente de los edificios y su objeto sea el arrendamiento.
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12 de septiembre de 2013
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12 de septiembre de 2013
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11 de septiembre de 2013
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