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Vivienda avanza en la ampliación de medidas urgentes decretando la adjudicación del 50% de las VPO a jóvenes, mejorando programas como Bizigune y Gaztelagun, y facilitando la conversión de locales en viviendas

23 de septiembre de 2025
  • Denis Itxaso firmó ayer la aprobación previa del proyecto de Decreto de Modificación Urgente de Disposiciones Reglamentarias de Vivienda (Decreto de Medidas Urgentes), que lleva meses tramitándose en paralelo a la Ley de Medidas Urgentes en vías de tramitación parlamentaria, en una apuesta por abordar reformas integrales para hacer frente a la situación de emergencia habitacional.
  • El proyecto de decreto, publicado hoy en el portal de transparencia del Gobierno Vasco, incorpora la figura de las zonas tensionadas y requerirá de dos meses de tramitación interna previa a su aprobación por el Consejo de Gobierno, a finales de este mismo año.

El portal de transparencia del Gobierno Vasco publica hoy la aprobación previa del proyecto de Decreto de Modificación Urgente de Disposiciones Reglamentarias de Vivienda (Decreto de Medidas Urgentes), que el Departamento de Vivienda y Agenda Urbana viene tramitando desde la pasada primavera, y en el que se aborda la modificación de hasta doce normas en vigor y pretende fundamentalmente incrementar el cupo de viviendas de protección pública dirigidos a las personas jóvenes, actualizar los importes del reconocimiento del derecho subjetivo, del programa Gaztelagun, del programa ASAP, y del programa Bizigune, hacer más atractivas las ayudas de fomento al alquiler y los programas de captación de vivienda, el acceso a las ayudas de rehabilitación, ampliar la prioridad de las mujeres víctimas de la violencia machista en el acceso a las viviendas de protección pública y garantizar el acceso de determinados colectivos a la adjudicación extraordinaria o directa de una vivienda.

En palabras del consejero Itxaso, “el Gobierno Vasco está disponiendo toda la artillería a su alcance para proteger a las personas demandantes de vivienda y maximizar la oferta residencial”. Y ha añadido que, ante la situación actual de emergencia habitacional, el Departamento que dirige está “empleando todos los instrumentos legales y presupuestarios a su alcance para revertir una situación de fuerte tensionamiento en el mercado del alquiler”.

Compromiso con el acceso a la vivienda de las personas jóvenes

De acuerdo con el programa de gobierno de coalición, el Decreto certifica el compromiso de dedicar el 50% de toda la vivienda protegida en alquiler a jóvenes menores de 36 años. Además del cupo de reserva para jóvenes, esta batería de modificaciones mejora sustancialmente las ayudas al alquiler Gaztelagun. El programa actualizará sus cuantías ante la escalada de precios que está experimentando el mercado del alquiler residencial, teniendo en cuenta las zonas tensionadas, donde la regulación de los precios que impone esta figura asegura que el aumento de las ayudas no redunde en un recalentamiento del mercado. Para Denis Itxaso, “este decreto integra la figura de la zona tensionada en nuestras políticas como un elemento de valor y como un criterio de gestión a la hora de dar acceso a los diferentes programas de ayuda para el alquiler”.

De este modo, las rentas máximas de acceso a Gaztelagun serán de 900 euros en las tres capitales vascas, 800 euros en sus áreas funcionales y en municipios con más de 10.000 habitantes, y 750 euros en el resto. El consejero ha compartido el impacto de la medida en municipios que hayan sido declarados zona tensionada y ha confirmado que “la renta máxima de acceso a la ayuda podría ascender hasta el 95% del precio medio del alquiler mensual, calculado a partir de la Encuesta del Mercado del Alquiler (EMAL)”. Y, además, el Decreto de Medidas Urgentes pretende ampliar los ingresos máximos que dan acceso a la ayuda, con nuevas horquillas de 3.000 hasta 30.000 euros para solicitudes individuales, de 3.000 hasta 36.764 euros para solicitudes conjuntas, y de 3.000 hasta 39.184 euros para familias numerosas. Asimismo, la modificación de la orden Gaztelagun permitirá incorporar el alquiler de habitaciones y situaciones de subarrendamiento.

Mejoras en el programa Bizigune y en el Derecho Subjetivo a la Vivienda

Pero no es esa la única novedad en lo relativo al acceso a las viviendas de gestión pública. Bizigune experimentará cambios para que el umbral máximo de renta que da lugar a acceder a una vivienda inserta en este programa de mediación pública de alquiler pase de 21.000 a 45.022,57 euros, “equiparándolo al régimen general de VPO y con objeto de responder mejor a la gran demanda que registran las clases medias en Euskadi”, ha subrayado Itxaso.

Al mismo tiempo, el programa Bizigune verá cómo el canon (renta) que Alokabide paga a las y los propietarios que ponen su vivienda a disposición del Gobierno Vasco a través de esta fórmula, crecerá en general, y muy especialmente en zonas tensionadas. El canon alcanzará el 80% del valor de mercado y hasta 700 euros como máximo, mientras que en municipios declarados zona tensionada, este importe se incrementará hasta el 95% de la EMAL y se acercará a los 800 euros en Bilbao y a los 965 euros en Donostia-San Sebastián.

Por otro lado, los ingresos máximos que reconocen el Derecho Subjetivo a la Vivienda aumentarán en 1.000 euros en los tres supuestos de unidad convivencial, llegando a 14.000 euros / año para un miembro, a 18.000 euros / año para dos miembros, y hasta 20.000 euros / años para tres o más miembros. Este derecho asegura, a las unidades convivenciales con estos niveles de renta, el acceso a una vivienda pública en alquiler o, en su defecto, a la Prestación Económica por Vivienda (hasta 300 euros / mes).  De manera complementaria, se añade el requisito de 3 años mínimo de antigüedad de empadronamiento en Euskadi para la adjudicación de vivienda pública en alquiler.

Apuesta por la redensificación de la ciudad construida

La conversión de locales comerciales y de espacios industriales en viviendas también es objeto de modificaciones en el presente Decreto, ya que, al equipararlos a las viviendas resultantes de una rehabilitación, posibilita la conversión total o parcial de plantas bajas, edificios industriales o terciarios en más vivienda sin necesidad de consumir suelo y apostando así por la redensificación de la ciudad construida. En este contexto, la modificación del Decreto de Habitabilidad asegurará la conversión de locales en vivienda mediante la exoneración de las condiciones de soleamiento, orientaciones y distribución interior, equiparándolos a actuaciones de rehabilitación con condiciones menos exigentes.

El consejero de Vivienda y Agenda Urbana ha valorado positivamente esta exoneración, afirmando que “es un instrumento útil para flexibilizar y facilitar la conversión de locales comerciales en viviendas, para lo que será necesario que los ayuntamientos echen una mano y pongan también toda su capacidad normativa al servicio de esta causa”.

Alcance económico y normativo del nuevo Decreto

La entrada en vigor del Decreto supondrá la modificación de doce normas y un aumento del gasto anual del Departamento superior a los 5 millones de euros, aunque también prevé incorporar 2,5 millones de euros a través de los contratos suscritos con las personas inquilinas beneficiarias del programa Bizigune.

En resumen, las modificaciones del nuevo Decreto son las siguientes:

- Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública y medidas financieras en materia de vivienda y suelo.

- Decreto 466/2013, de 23 de diciembre, por el que se regula el Programa de Vivienda Vacía Bizigune.

- Decreto 144/2019, de 17 de septiembre, por el que se regula el Programa de Intermediación en el mercado de Alquiler de Vivienda Libre ASAP (Alokairu Segurua, Arrazoizko Prezioa)

- Decreto 80/2022, de 28 de junio, de regulación de las condiciones mínimas de habitabilidad y normas de diseño de las viviendas y alojamientos dotacionales en la Comunidad Autónoma del País Vasco

- Decreto 147/2023, de 10 de octubre, del derecho subjetivo de acceso a la ocupación de una vivienda.

- Orden de 4 de octubre de 2006, del consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, sobre medidas de acción positiva en materia de vivienda para mujeres víctimas de la violencia de género.

- Orden de 6 de octubre de 2010, del consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, de medidas financieras para la compra de vivienda.

- Orden de 15 de octubre de 2012, del consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, de registro de solicitantes de vivienda y de los procedimientos para la adjudicación de Viviendas de Protección Oficial y Alojamientos Dotacionales de Régimen Autonómico.

- Orden de 21 de julio de 2021, del consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre medidas financieras para actuaciones protegibles en materia de rehabilitación en viviendas y edificios, accesibilidad y eficiencia energética.

- Orden de 7 de diciembre de 2021, del consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes sobre actuaciones de fomento al alquiler y otras formas de uso de las viviendas y edificios residenciales.

- Orden de 26 de abril de 2022, del consejero de Planificación Territorial,Vivienda y Transportes, por el que se regulan las ayudas al alquiler de vivienda del Programa Gaztelagun.

- Orden de 30 de junio de 2022, del consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre determinación de los precios y rentas máximas de las viviendas de protección pública y el canon de los alojamientos dotacionales.

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