
Publicada en el BOPV la Orden por la que se convoca y regula el Premio René Cassin de Derechos Humanos
En las últimas ediciones se ha otorgado el premio a Aminetu Haidar, María Oianguren, Brigadas Internacionales de Paz y Marcos Ana
Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) la Orden de 22 de febrero de 2012, de la consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se convoca y regula el Premio René Cassin de Derechos Humanos.
La finalidad de la presente convocatoria es reconocer públicamente y premiar a aquellas personas o colectivos que con su trayectoria personal o profesional dan testimonio de su compromiso en la promoción, defensa y divulgación de los Derechos Humanos. En las últimas ediciones se ha otorgado el premio a Aminetu Haidar, defensora de los derechos humanos en el Sáhara Occidental; María Oianguren, directora del Centro de Investigación por la Paz Gernika Gogoratuz (www.gernikagogoratuz.org); Brigadas Internacionales de Paz (www.pbi-ee.org), organización no gubernamental; y Marcos Ana, poeta y activista político represaliado por el franquismo.
La denominación del premio se realiza en recuerdo de D. René Cassin, nacido en Bayona el 5 de octubre de 1887. La trágica experiencia de la I Guerra Mundial le marcó profundamente, convirtiéndose en un resuelto defensor de los antiguos combatientes y las víctimas de la guerra. Fue el principal inspirador de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948 y jugó un papel esencial en la elaboración del Convenio Europeo de Derechos Humanos de 1950. Galardonado con el Premio Nobel de la Paz en 1968 por su combate infatigable a favor de los Derechos Humanos, consagró el Premio a la creación del Instituto Internacional de Derechos Humanos de Estrasburgo.
Características del Premio.
El Premio de la presente convocatoria se concederá, a criterio del Jurado, a la persona o personas que acrediten méritos suficientes para ello. El Premio consistirá en una distinción honorífica, en un reconocimiento público, y en una cantidad dineraria de 12.000 euros.
Personas beneficiarias.
Podrán optar al Premio convocado por la presente Orden aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin ánimo de lucro que, con su actuación y trayectoria, contribuyeren o hubieren contribuido de manera destacada a la promoción de los valores de los Derechos Humanos en nuestra sociedad.
Presentación de candidaturas.
1.- Las candidaturas al Premio podrán ser presentadas por cualquier persona física o jurídica, tanto pública como privada.
2.- Junto con cada una de las candidaturas al Premio habrá de remitirse:
a) La documentación pertinente que acredite la contribución a los Derechos Humanos de la persona candidata propuesta al Premio.
b) La declaración de la persona propuesta como candidata expresando su conformidad con la participación en este Premio.
c) En su caso, los avales o adhesiones que, a favor de la persona o personas propuestas, presenten quienes formalicen las candidaturas.
3.- Las candidaturas, junto con la documentación establecida en el apartado anterior, deberán dirigirse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, a la Dirección de Derechos Humanos del Departamento de Justicia y Administración Pública del Gobierno Vasco, c/ Donostia-San Sebastián, 1; 01010 Vitoria-Gasteiz.
4.- El Jurado, de oficio, podrá incorporar las candidaturas presentadas y no premiadas en las anteriores ediciones para que pudieren ser valoradas y, en su caso, propuestas para la obtención del Premio.
Criterios de adjudicación.
Al objeto de formular su propuesta de concesión, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios:
a) Implicación prolongada de la persona o personas propuestas en el ámbito de los Derechos Humanos en el que desarrollare o hubiere desarrollado su actividad.
b) Relevancia intrínseca de la actuación realizada en el desarrollo de los valores de los Derechos Humanos.
c) Repercusión e influencia, tanto en la sociedad vasca como en la esfera internacional, de la actuación o trayectoria desarrollada por la persona o personas propuestas.
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12 de junio de 2012
La verdad es que es complicado, con toda la variedad de intervenciones en favor de los derechos humanos, aquí y en todo el mundo. Eso sí, espero que este gobierno no repita actuaciones de otros anteriores.
Por eso, que se informe bien sobre la intrahistoria de algunas organizaciones.Especialmente las que se autopostulan a sí mismas, lo cual me parece terrible (aunque legal) haciendo llegar cartas de adhersión a su candidatura, como Bakeas. Teniendo en cuenta que hace unos meses esta entidad despidió a toda la plantilla, salvo a su director (que ni siquiera tiene una formación universitaria y que no ha dejado de cobrar su salario y de cotizar a la SS), mientras sus trabjadores siguen en juicio para reclamar el dinero que se les debe o tuvieron que acepyar el despido como procedente para que el FOGASA cubriese sus salarios.Los derechos económicos, sociales y laborales, también son derechos humanos y me parece absolutamente injusto que esta entidad presente su candidatura impunemente.
Ángela