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Anteproyecto de Ley del Sistema Cultural de Euskadi. Trámite de información pública

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Antecedentes de la norma

  • Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco: sustituye a la Ley 7/1990 y constituye el marco jurídico vigente en materia de protección, conservación, investigación y difusión del patrimonio cultural vasco. Introduce nuevos enfoques de gestión, salvaguarda del patrimonio inmaterial y participación social.
  • Ley 11/2007, de 26 de octubre, de Bibliotecas de Euskadi: establece el marco jurídico general para organizar, planificar y coordinar el Sistema Bibliotecario de Euskadi.
  • Ley 7/2006, de 1 de diciembre, de Museos de Euskadi: regula de forma integral el sistema museístico del País Vasco, articulando el Sistema Nacional de Museos de Euskadi,

La necesidad y oportunidad de su aprobación

La aprobación de la Ley del Sistema Cultural de Euskadi resulta necesaria para dotar de seguridad jurídica, coherencia y estabilidad al conjunto de políticas culturales desarrolladas por las instituciones vascas. La norma permitirá:

  • Establecer un marco común para la acción cultural pública.
  • Reforzar la coordinación interinstitucional entre Gobierno Vasco, Diputaciones Forales y ayuntamientos.
  • Garantizar los derechos culturales de la ciudadanía.
  • Impulsar un sistema cultural más participativo, inclusivo y sostenible.

La ley responde a la necesidad de actualizar el marco normativo vigente, adaptándolo a los retos actuales del sector cultural: digitalización, diversidad cultural, sostenibilidad, profesionalización, innovación y equilibrio territorial.

En este contexto, el anteproyecto de ley tiene como objetivo ofrecer una herramienta estable para reforzar el sistema cultural de Euskadi y promover el desarrollo de las políticas culturales desde una perspectiva coordinada y compartida.

Los objetivos de la norma

El Anteproyecto de Ley tiene por objeto:

  • Definir el Sistema Cultural de Euskadi, sus principios rectores y su estructura.
  • Profundizar en la coordinación interinstitucional y en la cooperación público-privada entre los agentes del sector.
  • Regular los órganos de participación, asesoramiento y coordinación del sistema cultural.
  • Establecer los instrumentos estratégicos.
  • Garantizar la participación equilibrada de los agentes culturales y de la ciudadanía.
  • Incorporar de manera transversal la igualdad de género, la diversidad cultural y la accesibilidad.
  • Impulsar la cultura vasca y la cultura en euskera.

Problemas que se pretenden solucionar

El Anteproyecto de Ley pretende dar respuesta a diversas necesidades detectadas en el ámbito cultural:

  • Ausencia de un marco normativo integral: actualmente no existe una ley que articule de forma coherente el Sistema Cultural de Euskadi ni sus mecanismos de gobernanza.
  • Desigual participación de los agentes culturales: no existe un sistema homogéneo que asegure la representación equilibrada de todos los sectores culturales y creativos.
  • Carencia de instrumentos comunes de planificación y evaluación: la falta de herramientas compartidas dificulta la medición del impacto de las políticas culturales.
  • Necesidad de integrar la perspectiva de igualdad, diversidad y accesibilidad en todas las políticas culturales, de acuerdo con la normativa vigente.

Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

La elaboración de esta ley constituye una actuación obligada para la Administración, dado que responde a la necesidad de establecer un marco jurídico básico para el Sistema Cultural de Euskadi. No existen alternativas regulatorias viables que permitan alcanzar los objetivos previstos, ya que:

  • La complejidad del sistema cultural requiere una norma con rango de ley.
  • Las soluciones no regulatorias (planes, acuerdos, directrices) no garantizan la estabilidad, continuidad ni la seguridad jurídica necesarias.
  • La ausencia de regulación perpetuaría la fragmentación actual y la falta de mecanismos comunes de coordinación y participación.
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