La presente orden tiene por objeto regular el procedimiento para la elección y adjudicación de puestos de trabajo a candidatos y candidatas de la lista para la cobertura de necesidades temporales de personal docente en centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Este procedimiento se realizará con periodicidad anual y con anterioridad al comienzo del curso escolar.
El ámbito de aplicación es el siguiente:
- – Ámbito subjetivo: candidatos y candidatas de la lista para la cobertura de necesidades temporales de personal docente en centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- – Ámbito objetivo de aplicación: Regular el proceso de adjudicación de comienzo de curso académico en los centros públicos de enseñanza no universitaria dependientes del Departamento de Educación, en lo que respecta a candidatos y candidatas de la lista para la cobertura de necesidades temporales de personal docente en centros públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
El proceso de comienzo de curso consta de una única fase de adjudicación que se realizará atendiendo al siguiente orden de prioridad: en primer lugar, tendrán prioridad de adjudicación las personas funcionarias de carrera sin destino definitivo o que no van a desempeñarlo; en segundo lugar, tendrán prioridad de adjudicación las personas seleccionadas en los procesos selectivos; finalmente, los puestos restantes se adjudicarán al personal integrante de las listas de sustituciones. En esta Orden se regula el procedimiento de adjudicación de comienzo de curso en lo relativo al personal integrante de las listas de sustituciones.
La participación del personal integrante de las listas de sustituciones será voluntaria y, por lo tanto, no se adjudicarán forzosamente puestos. Además, no se limitará el territorio del personal que integra las listas de candidatos y candidatas a sustituciones, que podrán elegir los puestos o necesidades de cobertura de cualquiera de los territorios de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La asignación del puesto de trabajo se efectúa después de validar y completar las solicitudes y depurar los errores que se hubieran podido producir.
La adjudicación de los puestos de trabajo y necesidades de cobertura incluidos, se realizará conforme a los siguientes criterios:
- a) El orden de prioridad de los puestos o necesidades de cobertura establecido por cada participante en su solicitud.
- b) La posición en la lista de candidatos o candidatas resultante del último proceso de rebaremación anual publicado.



