Decreto de ayudas a la Conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Trámite de información pública.

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Introducción

El Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico ha elaborado el proyecto de Decreto de ayudas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, que ha de tramitarse conforme determina la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General.

En cumplimiento de las disposiciones de la citada Ley, la Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico dictó, con fecha 7 de octubre de 2025, la Orden por la que se dio inicio al pro­cedimiento para la elaboración del citado proyecto de Decreto y se declara la urgencia del procedimiento.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la citada Ley 6/2022, los trámites de audiencia e información pública se deben realizar siempre que se afecte de manera directa a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y ciudadanas, y no concurra alguna de las causas de excepción previstas en este artículo.

A tal efecto, se somete el proyecto de Decreto de ayudas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, al trámite de información pública, por un período de 15 días hábiles, a contar desde del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Las alegaciones se pueden presentar de manera electrónica en Decreto de ayudas a la Conciliación de la vida personal, familiar y laboral - Gobierno Vasco, y presencialmente en la Dirección de Infancia, Adolescencia y Familias del Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico (Vitoria-Gasteiz, C/ Donostia-San Sebastián, 1 – Edificio Lakua I, primera planta), así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y tendrán que ir dirigidas al Director de Infancia, Adolescencia y Familias.

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