El Departamento de Educación del Gobierno Vasco tiene previsto iniciar el procedimiento para la elaboración de un proyecto de elaboración de una disposición de carácter general con el objetivo de fijar el currículo y el horario mínimo de las enseñanzas de lengua y cultura española y vasca en los centros docentes que imparten enseñanzas de sistemas educativos extranjeros equivalentes a las enseñanzas obligatorias en la Comunidad Autónoma de Euskadi, y que sustituirá a la orden 12 de marzo de 2012.
Resulta preceptivo, tal y como recoge el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que, con carácter previo a la elaboración de un proyecto de disposición normativa, se sustancie una consulta pública, a través del portal web la administración competente.
El Departamento de Educación, quiere agradecer la participación en esta fase de consulta pública previa. De conformidad con lo establecido en el artículo 133.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del reglamento, se ha llevado a cabo la consulta pública previa, a través de los portales web de la administración: https://www.euskadi.eus, tablón electrónico de anuncios e Irekia, en las que se han solicitado opiniones de personas y organizaciones representativas potencialmente afectadas por la futura norma.