En cumplimiento de lo previsto por el artículo 133.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta consulta previa tiene por objeto recabar la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
- La necesidad y oportunidad de su aprobación
- El objetivo de la norma
- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias

El Decreto cuya aprobación se persigue, tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para el desarrollo de programas y actividades en el ámbito de juventud. De conformidad con lo establecido en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración del reglamento, se ha llevado a cabo la consulta pública previa, a través de los portales web de la Administración, euskadi.eus e Irekia, en las que se han recabado las opiniones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.