Anteproyecto de Ley de Protección de Datos Personales. Consulta pública previa. Conclusiones
El Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco agradece las aportaciones realizadas en el trámite de Consulta Pública previa a la elaboración del Anteproyecto de Ley de Protección de Datos Personales.
Se pretende adaptar la normativa de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de protección de datos, contenida en la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos y sus disposiciones de desarrollo, al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD), y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en adelante, LOPDGDD), y completar sus disposiciones, así como regular el régimen jurídico de la Autoridad Vasca de Protección de Datos.
La elaboración de una medida específica de carácter normativo se presenta como inexcusable, sin que puedan contemplarse otras soluciones alternativas, dada la exigencia de adaptación a la normativa europea y estatal existente.
Una vez cumplimentado este trámite, previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través de los portales web de la Administración, euskadi.eus e Irekia, se ha considerado procedente iniciar la tramitación como Anteproyecto de Ley para que, tras el procedimiento administrativo, se remita al Consejo de Gobierno para su aprobación. Una vez aprobado por el Consejo de Gobierno se remitirá el Proyecto de Ley al Parlamento Vasco para su posterior debate y aprobación.