El objeto y finalidad de este proyecto de ley es regular:
1- Los ejes fundamentales del funcionamiento del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi (más allá de lo dispuesto, desde una perspectiva más instrumental, en el anteproyecto de Ley de Organización y Funcionamiento en el Sector Público Vasco), en tanto que criterios de carácter transversal, poniendo así las bases de nuestro modelo de Gobernanza, basado en el triángulo conceptual que conforman la evaluación de políticas públicas, la transparencia y la participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, y cuyo propósito es el logro de un desarrollo social, económico e institucional duradero, basado en el equilibrio entre la acción del gobierno, la sociedad civil y la actividad social y económica.
Con ello, busca, como declara expresamente:
2- Instar al debate resolutivo en Euskadi sobre la mejora de la percepción de la ciudadanía respecto a la llamada cosa pública.
3- Su revalorización, contribuyendo a crear, en definitiva, una nueva cultura administrativa basada en los nuevos paradigmas que requieren los tiempos actuales, relacionados con los diversos aspectos de lo que se ha venido a llamar la buena gobernanza.
El nuevo texto se ha realizado a partir del Proyecto de Ley de Administración Pública Vasca aprobado en el año 2014 - que ha sido dividido en dos (en éste y en el Proyecto de Ley de Organización y Funcionamiento en el Sector Público Vasco)- y ha incorporado las enmiendas realizadas por los grupos parlamentarios.
En este contexto, se ha procedido a la apertura de información pública del Proyecto de Ley de Transparencia, Participación ciudadana y Buen Gobierno del Sector Público Vasco y, al mismo tiempo, se ha iniciado el trámite de audiencia a las administraciones e instituciones que puedan verse afectadas por la Ley que se va a tramitar. Se determina un plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente de la publicación en Boletín Oficial del País Vasco de la Resolución por la que se somete a información pública, para general conocimiento, el anteproyecto de Ley mencionado.
Proyecto de Ley de Transparencia y Participación Ciudadana. Consulta pública previa. Conclusiones
Tras la información previa, y recogidas las aportaciones recibidas, se ha procedido a continuar con la tramitación dictando la Orden de Inicio del Proyecto de Ley de Transparencia y Participación Ciudadana.
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