A la Dirección de Justicia le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones:
a) En materia de asistencia jurídica, la organización y prestación de los servicios de asistencia jurídica gratuita, a través del soporte de las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita y la financiación de la implantación, atención y funcionamiento de los servicios de orientación jurídica y asistencia jurídica gratuita por los Colegios de la Abogacía y la procura del País Vasco.
b) Acordar con los Colegios de la Abogacía y de la Procura del País Vasco los requisitos generales de formación y especialización de sus profesionales para la adecuada prestación de asistencia jurídica gratuita.
c) Promover y ejecutar planes de información, conocimiento y acercamiento de la Administración de Justicia a la ciudadanía.
d) Fomentar y desarrollar la Justicia Restaurativa y la resolución alternativa de conflictos en el marco de la Administración de Justicia.
e) Garantizar y promover los derechos de las personas víctimas de delitos y, en particular, de las víctimas de la violencia contra las mujeres.
f) Ejecutar, en su ámbito competencial, la legislación penal y penitenciaria
g) Diseñar, planificar, organizar y evaluar las actuaciones en materia de justicia juvenil.
h) Proveer a la organización y funcionamiento de los equipos psicosociales judiciales y atender a la formación del personal.
i) Crear y gestionar los Puntos de Encuentro Familiar por derivación judicial.