El Decreto proyectado sustituiría al vigente Decreto sobre la materia (Decreto 249/2010, de 28 de septiembre, por el que se determinan los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus organismos autónomos) y responde a la necesidad de adaptar la normativa a la nueva estructura departamental y asignación competencial derivada del Decreto 20/2012, de 15 de diciembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de sus organismos autónomos, modificado por Decreto 8/2013, de 1 de marzo. Pese a ello y a que no supondrá un aumento de la presión fiscal, afectará a la generalidad de los ciudadanos que pueden constituirse en sujetos pasivos de las exacciones reguladas en el proyecto de Decreto.
Por ello, se somete a trámite de información pública, por un plazo de veinte días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco
Ogasuneko eta Finantza Politikako sailburuordeak 2013ko maiatzaren 27an emandako ebazpenari jarraiki, 2013ko uztailaren 1ean itxi zen epea. Ebazpena horren bitartez, jendaurrean jarri zen Euskal Autonomia Erkidegoko Administrazioaren eta haren erakunde autonomoen prezio publikoen arabera ordain daitezkeen zerbitzu eta jarduerak zehazten dituen dekretu-proiektua.
De acuerdo con la resolución de de 27 de mayo de 2013, del Viceconsejero de Hacienda y Política Financiera, por la que se somete a trámite de información pública el proyecto de Decreto por el que se determinan los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos, el plazo se cerró el 1 de julio de 2013.