- Necesidad y oportunidad de la aprobación de la norma.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, conforman el marco jurídico básico para el funcionamiento de las Administraciones Públicas y, en concreto, de su funcionamiento por medios electrónicos.
El sector público vasco lleva tiempo abordando líneas de actuación encaminadas a preparar al sector público vasco ante el cada vez mayor cambio tecnológico de la sociedad, el desarrollo de la administración electrónica y una ciudadanía satisfecha con los poderes públicos.
El compromiso de una administración más cercana y sencilla es objeto de la Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco, que incluye entre los principios de funcionamiento e interacción con la ciudadanía la simplicidad y comprensibilidad, señalando que se reducirá la complejidad de los trámites y propiciará la existencia de normas y procedimientos claros y sencillos por medio de un lenguaje comprensible que haga universal la accesibilidad de la ciudadanía.
Así mismo, incluye entre los principios de la administración electrónica el de simplificación de los trámites y procedimientos de la Administración pública con ocasión de la aplicación de medios electrónicos; simplificación que se reconoce en su artículo 64 como un derecho la ciudadanía junto al de no presentar los documentos no exigidos por las normas aplicables a los procedimientos o que se hallen ya en poder de la Administración pública, derecho igualmente reconocido en la legislación básica estatal.
El Decreto 91/2023 de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos en el ámbito del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi regula algunos aspectos sobre la simplificación y agilización administrativa en relación con la digitalización de los servicios y procedimientos y el desarrollo de la Administración electrónica.
No obstante, es necesario continuar abordando líneas de actuación encaminadas a profundizar en el compromiso de una administración más cercana, sencilla, eficaz y eficiente, poniendo a la ciudadanía en el centro; orientando aspectos de proceso, procedimentales e instrumentales hacia la racionalización, agilización y simplificación administrativa y la reducción de cargas, esfuerzos y costes dedicados a las mismas.
Por ello, entre los objetivos y compromisos del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno se encuentran: mejorar el actual modelo de interacción con la ciudadanía desde una perspectiva integral; la necesaria transformación digital para dar un salto cualitativo en la implantación y despliegue de la administración electrónica, agilizar, desburocratizar y simplificar los trámites y procedimientos, aumentar la eficacia y eficiencia, una mayor interoperabilidad entre administraciones, así como promover el modelo de ventanilla única.
Todo ello basado en la colaboración y coordinación entre todas las entidades del sector público vasco y la escucha y la participación de la ciudadanía.
El Programa de Gobierno de la XIII Legislatura 2024-2028 incluye en el área gobernanza y transparencia del eje V el compromiso 147: Profundizar en una administración más cercana, sencilla y eficiente y, dentro del mismo, la iniciativa 2 de impulsar un anteproyecto de Ley de Agilización y Simplificación Administrativa.
Así, el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 1 de octubre de 2024 por el que se aprueba el programa legislativo de la XIII Legislatura (2024-2028) incluye el compromiso de la aprobación de dicho anteproyecto de ley.
De esta forma, la iniciativa supondrá un nuevo paso en el marco jurídico propio en materias de gobernanza publica en general y de administración digital y atención a la ciudadanía en particular. La norma, con visión de País, situará a Euskadi en estas materias en el contexto europeo y hará suyas las seis dimensiones del Marco normativo para el gobierno digital (Digital Government Policy Framework) de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico-OCDE: digital desde el diseño, sector público basado en datos, gobierno como plataforma, abierto por defecto, centrado en las personas usuarias y proactivo.
- Problemas que se pretenden solucionar con esta iniciativa normativa.
La ciudadanía debe situarse en el centro de los modelos de relación y de servicio, como destinataria última de las políticas y de los servicios públicos, lo que significa que la dimensión interna de la gobernanza debe concebirse en función de esa meta final.
Debemos incorporar esta dimensión ciudadana en la creación y el diseño de los propios servicios: “Lo de dentro” se proyecta hacia afuera y “lo de fuera”, la experiencia de las personas usuarias de los servicios públicos debe considerarse en las decisiones sobre estos.
Por ello, el anteproyecto de Ley perseguirá la orientación a la ciudadanía de la gestión de los servicios públicos desde una doble perspectiva:
- Hacia fuera: la ciudadanía en el amplio sentido (personas físicas y personas jurídicas, incluyendo las empresas); facilitando la relación de esta con las administraciones públicas, de forma que tenga que hacer un menor esfuerzo para relacionarse con la administración. Debe constituir una prioridad en el sector público vasco disponer de servicios digitales accesibles y fácilmente utilizables, de modo que se pueda conseguir que la relación de las personas con las Administraciones públicas vascas a través del canal electrónico sea fácil, intuitiva, efectiva, eficiente y no discriminatoria. Todo ello garantizando, en todo momento, la atención presencial y sin perjuicio del derecho de las personas físicas elegir el canal de relación con la Administración. Por lo cual esta disposición de carácter general contempla todos los canales actualmente existentes y prevé el permanente proceso de evolución, innovación y mejora, de forma que no solo se adapte a los futuros cambios sociales y tecnológicos, sino que, de forma proactiva, ofrezca servicios personalizados, espacios públicos de autoservicio, ventanilla única para los servicios en el mercado interior europeo, etc.
- Por otro, hacia adentro: el personal empleado público y los procesos internos de forma que las personas trabajadoras de la Administración realicen sus funciones reduciendo el esfuerzo y tiempo para la prestación del servicio.
La Administración pública debe estar permanentemente en alerta para agilizar, desburocratizar, modernizar, simplificar, normalizar e intercambiar datos en los procedimientos administrativos, soporte de los servicios y enlace entre ella y la ciudadanía.
Para ello, es esencial la transformación digital, la reingeniería de los procesos internos y la adopción de decisiones basada en evidencias y datos (de gestión, resultados e impactos y de la escucha activa).
Es necesario apostar de manera decidida por la innovación administrativa en la organización y el procedimiento administrativo desde la perspectiva tecnológica sobre la base de las siguientes premisas:
- Empezar por el interior de la Administración, que ha de ser, en cuanto a su actuación, digital por defecto y automatizada en todos aquellos extremos formales que sea posible
- Optar por soluciones tecnológicas pensadas y diseñadas para dar servicio a la ciudadanía, a quien hay que situar verdaderamente en el centro de la actuación administrativa; con servicios personalizados de forma proactiva y diseñados para las personas en tanto que son sus destinatarias, rompiendo con la estructura estática del procedimiento administrativo allí donde sea posible;
- Ofrecer soluciones comunes para todo el sector público vasco desde la cooperación para garantizar la interoperabilidad, y lograr la facilidad de acceso a unos servicios públicos sencillos, con simplificación y reducción de cargas administrativas.
- Dotar a las organizaciones del sector público vasco de los medios materiales y humanos necesarios e incorporar instrumentos que garanticen el pleno cumplimiento de las exigencias normativas y herramientas catalizadoras que impulsen una auténtica innovación.
Siendo el componente tecnológico importante, la norma deberá contemplar otros aspectos e instrumentos como los organizativos, de gobernanza, de gestión del cambio, el sentido del silencio administrativo, los plazos de los trámites de los procedimientos administrativos...
El anteproyecto de Ley constituye una nueva iniciativa para abordar la desburocratización de la Administración pública explorando nuevos mecanismos para operar de manera eficiente, ágil y adaptada a todo tipo de personas, un pilar fundamental para, en definitiva, mejorar la atención a la ciudadanía en todos los canales disponibles y facilitar el día a día de las personas que viven en Euskadi
- Objetivos del proyecto normativo que se pretende elaborar.
El anteproyecto de ley tendrá por objeto orientar los servicios digitales y la atención a la ciudadanía con una visión centrada en ésta, de forma transversal, integral, y multicanal; así como regular la simplificación administrativa y la agilización de los procedimientos.
A tal efecto, se prevé que el anteproyecto de ley:
a) Establezca los principios generales de la atención a la ciudadanía, de la administración pública digital y su presencia en los entornos virtuales, así como de la simplificación administrativa.
b) Establezca los derechos y deberes de la ciudadanía en sus relaciones con el sector público vasco, garantizar el ejercicio de los primeros y facilitar el cumplimiento de los segundos.
c) Regule la elección del canal y, en determinados casos, la obligación del canal digital en la relación con las Administraciones públicas.
d) Regule los elementos esenciales de una Administración pública centrada en la ciudadanía, y la atención integral y multicanal a la misma
e) Establezca las bases de la gobernanza de la simplificación administrativa y la cooperación y coordinación del sector público vasco, de forma transparente y con la participación de la ciudadanía.
f) Establezca la obligación de la simplificación administrativa en el sector público vasco para lograr procesos y procedimientos ágiles, sencillos, fáciles, eficaces y eficientes; y la programación, seguimiento y evaluación de dicha simplificación.
g) Regule los distintos tipos de medidas de simplificación administrativa.
h) Regule el régimen de las entidades colaboradoras de certificación, que les permita ejercer funciones de comprobación, informe y certificación; estableciendo el carácter de su actividad, sus funciones, obligaciones y responsabilidades, así como su sistema de acreditación y registro.
Por lo que respecta al ámbito de aplicación de la norma, se pretende una norma con visión de País, apurando al máximo las posibilidades que ofrezca el marco competencial y respetando, como no puede ser de otra forma, tanto la legislación básica estatal como las especificidades a que haya lugar, tanto de los Territorios Históricos y su capacidad de autoorganización, como del ámbito municipal.
A priori, se espera de una propuesta de texto de norma con rango de Ley, teniendo en cuenta como objetivos:
- Definir, ordenar y disponer aquellos aspectos de proceso, procedimentales e instrumentales orientándolos hacia la reducción de los trámites, requerimientos de información, plazos, esfuerzos y costes dedicados, así como simplificar y eliminar posibles redundancias.
- Agilizar y simplificar los procedimientos digitales y la reingeniería de procesos internos necesaria para ello.
- Sacar partido de las ventajas que pueden ofrecer determinadas tecnologías digitales, tales como la automatización de tareas.
- Habilitar una carpeta ciudadana común para todo el sector público vasco.
- Ofertar, de forma proactiva, servicios públicos digitales personalizados.
Todo ello en el contexto de la preparación del sector público vasco ante el cada vez mayor cambio tecnológico de la sociedad, la rendición de cuentas y el objetivo de una ciudadanía satisfecha con los poderes públicos.
- Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
Dados los extremos expuestos en los apartados precedentes, la elaboración de una nueva normativa específica se presenta como necesaria, sin que puedan apreciarse otras soluciones alternativas.
Por otra parte, se prevé la necesidad de modificar normas vigentes con rango de ley, por lo que solamente es posible realizarlo mediante otra ley.



Pues a ver si sirve para algo, porque el Gobierno Vasco, especialmente, se luce por su alta incompetencia en las gestiones/procedimientos con la ciudadanía; se salta sistemáticamente los plazos, los procedimientos, no son siempre claros en la información que dan, transparencia, etc. Estos incumplimientos y el nefasto funcionamiento general del Gobierno Vasco se ha ido agravando en los últimos años. Quizá no es necesaria tanta normativa y sí más personal bien formado y preparado.