Problemas que se pretenden solucionar
Falta de recursos económicos que puedan tener las entidades a la hora de organizar programas y actividades dirigidos a la juventud de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
La necesidad y oportunidad de su aprobación
El artículo 5.i) 5 de la Ley 2/2022, de 10 de marzo, de Juventud, establece que corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi la concesión de subvenciones a las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, que desarrollen programas y actividades dirigidas a la juventud de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el ámbito supraterritorial o internacional.
Los objetivos de la norma
El objetivo de la norma es impulsar la promoción juvenil mediante el fomento de actividades y programas dirigidos a la juventud. Con ellos se pretende mejorar la autonomía y la calidad de vida de las personas jóvenes, así como promover la promoción de los valores, la interculturalidad, el acceso a la cultura, el euskera y otros valores contemplados en la Ley de Juventud, a través de programas y actividades que se lleven a cabo.
Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
La única manera de regular estas subvenciones es mediante decreto.